esta Juez del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, por mutuo consentimiento de los ciudadanos ALFREDO MANUEL GUEVARA YUSTI venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.365.391 y MARIA EUGENIA ACOSTA MONAGAS venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V.-5.947.079. Los cónyuges se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de Separación de Cuerpos y de Bienes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial.