Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por los ciudadanos CLARA YSABEL, JONATHE MARTÍN y MIGUEL ANTONIO LUNA LEAL, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-13.972.501, V-16.230.842 y V-15.241.273, en su orden, contra el ciudadano JORGE ALFONSO VERA SIERRA, venezolano y titular de la cédula de identidad número V- 11.491.278, ambos domiciliados en la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada JORGE ALFONSO VERA SIERRA, desalojar y hacer entrega material del inmueble ubicado en la carrera 8 entre calles 9 y 10, número 9-87, sector Centro, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado.....