Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra el ciudadano o ROBERT DAVID NAVARRO AGUILAR colombiano, natural de Cúcuta, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía Nº 84.406.599, de 29 años de edad, nacido el 15-02-80, de profesión u oficios soldador, de estado civil soltero, Residenciado en la Urbanización El Cafetal, casa N° 05, Santa Estado Táchira, 0276-5154561; a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria,
2. SUSPENDER el proceso contra de o.....