este Juzgado de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SUFICIENTES PARA ASEGURARLES a los ciudadanos: MARIA LEONOR RAMIREZ PERNÍA, MARIA MERCEDES RAMIREZ DE PERNÍA, EDUARDO ANTONIO RAMIREZ PERNÍA, GERSON JOSE RAMIREZ PERNÍA, JORGE LEONEL RAMIREZ PERNÍA, LUZ MARINA RAMIREZ PERNÍA, JONNY ALEXANDER RAMIREZ PERNÍA Y MARIA TEOLINDA PERNÍA DE RAMIREZ. Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-9.333.115, V-10.744537, V-10.744.535, V-14.282.968, V-14.282.969, V-14.282.970, V-14.282.971, V-17.219.119, V-18.845.433 Y V- 9.33.115; en su orden, con el carácter de hijos y de cónyuge supérstite del causante LUIS HUMBERTO RAMIREZ RAMIREZ, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL LUIS HUMBERTO RAMIREZ RAMIREZ;