La parte actora reciba la cantidad de VEINTITRES Mil BOLIVARES EXACTOS (Bs. 23.000,00), los cuales les serán cancelados en dos pagos a saber: el primero se realizará en fecha 01-12-2014 por Bs.10.000,00 y el segundo y último monto se cancelará en fecha 15-12-2014 por Bs.13.000,00 cada uno, dichos pagos se realizarán ante éste Tribunal. En este momento se instó a la parte actora a considerar la cantidad ofertada y para poder darle fin al proceso, y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago de lo demandado y de su relación laboral. Oída por las partes las sugerencias de la Titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la parte actora acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con el monto del cual no restaría nada a deber por dichos conceptos reclamados en ésta demanda; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dánd.....