CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: MARILCE BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.042.408, para su hijo: ANTHONY JESÚS MORALES BUSTAMANTE, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400.00), a fin de cubrir gastos de fin de año.
TERCERO: En cuanto a los gastos médicos y medicinas, los mismos deberán ser cubiertos por ambos padres en partes iguales.
CUARTO: Se acuerda l.....