PRIMERO: Sé Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de manutención la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 200,oo) mensuales y como cuota extraordinaria para los meses de Diciembre se fija la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 200,oo), debiendo ser consignada en dicho mes como pensión de Manutención el doble de la cantidad fijada, es decir, la suma de CUATROCIENTOS BOLÍVARES ( Bs. 400,oo).
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto sea aperturada en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la madre ciudadana: ANDREINA MUÑOZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-20.717.426, domiciliada en la via principal de Seboruco del Estado Táchira y hábil, quién actuara en representación de su hijo.