Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
ÚNICO: Acuerda declinar la competencia y remitir las presentes actuaciones al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; a los fines que se aboque al conocimiento de la presente causa y dicte la decisión que haya a lugar, todo de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.