´En consecuencia, visto el acuerdo formulado por las partes, este juzgado de Municipio ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en un todo acuerdo con el artículo 375 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, le imparte a la conciliación suscrita entre las partes su HOMOLOGACIÓN de la siguiente forma: se realizará el descuento por nómina del Ministerio de Educación el cual se remitirá oficio por la cantidad de 800,00 Bs. Mensuales y el restante, es decir la cantidad de 2.700,00 Bs. Serán transferidos a la cuenta de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA HERNANDEZ BARRIOS N° 0175-0001520060004934 cuenta de ahorro del Banco Bicentenario. Así mismo se acordó que para los meses de Agosto y Diciembre el doble de dicha cantidad, es decir la cantidad de 7.000,00 BS. Y se compromete a cubrir el 50% de los gastos médicos correspondiente, por lo cual se tendrá con fuerza ejecutoria. Es tod.....