este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: por manifestación realizada por las partes se acuerda reactivar la presente causa.
SEGUNDO: Se aumenta la cuota a la suma de CUATROSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs.450,00).
TERCERO: En el mes de los gastos serán compartidos el padre comprara los útiles escolares y la madre los uniformes.
CUARTO: En el mes de DICIEMBRE el padre deberá comprar un estreno y un regalo a sus hijos igualmente lo hará la madre
QUINTO: Los gastos médicos y medicina será en igualdad de condiciones, es decir el 50% cada uno.
SEXTO: El padre podrá compartir con sus hijos los días sábados.
SEPTIMO: Notifí.....