Primero: En fecha 26-04-2005, se recibió oficio procedente de la Coordinación de Alguacilazgo en la cual informa el imputado HERMES CONTRERAS GELVES, no registra presentaciones ante esa oficina. Así en la diferentes boletas de citación hechas al imputado antes mencionado las misma han sido diligenciados por los alguaciles que la dirección suministrada es errada, y por el sector no lo conoce persona alguna.
Segundo: En consecuencia se presume el peligro de fuga, en el presente caso, tomando en consideración lo señalado en el artículo 251 ordinales segundo y cuarto del Código Orgánico Procesal Penal, del que se infiere las Circunstancias para decidir acerca del mismo, se debe considerar la pena que podría imponerse en el presente caso y el comportamiento del imputado durante el proceso, tal virtud este Tribunal de Juicio acuerda ratificar y decretarle orden de aprehensión a HERMES CONTRERAS GELVEZ, Colombiano, natural de Arboleda; titular de la cédula de ciudadanía 13.174.600,.....