ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO CINCO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: Por cuanto el Código Orgánico Procesal Penal, antes de su reforma en el caso que nos ocupa no ordenaba la celebración de una audiencia mas si la continuación del proceso, es por ello que se ordena la continuación del mismo y en vista del incumplimiento injustificado del imputado de autos, de las condiciones impuestas por el tribunal en fecha 11 de Mayo del 2000, se revoca la medida concedida y en consecuencia se decreta la privación de libertad del imputado ECHEVERRÍA VILLASMIL LUIS ALBERTO, por el delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, tipificado en el articulo 417 del Código Penal, en perjuicio de FRANKLIN BARILLAS, con base a lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Librense las correspondientes ordenes de aprehensión, notifíquese a las partes, regístrese y déjese copia de la presente decis.....