En el día de hoy 27 de mayo de 2014 a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente por la parte demandada la apoderada judicial abogada BILMA CARRILLO MORENO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.288. Se deja constancia de la incomparecencia al acto de la parte actora por sí ni por medio de apoderado judicial, razón por la cual este Tribunal de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abog. Ana Mora R.
La Parte Demandada,
El Secretario,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 155°
ASUNTO Nº SP01-L-2013-000823
PARTE DEMANDANTE: RAMON OSWALDO CASTELLANOS RUBIO, inscrito.....