PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana JOHELIS DEL CARMEN ARCIA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.694.126, domiciliada en el Municipio Panamericano del Estado Táchira, contra el ciudadano JAIME JOSE SAMPAYO GARIZADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.172.467, por divorcio fundamentada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: De conformidad con los artículos 184 y 185 del Código Civil, queda DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos JOHELIS DEL CARMEN ARCIA REYES y JAIME JOSE SAMPAYO GARIZADO, por acto celebrado el 24 de agosto de 2006, por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Panamericano, Estado Táchira.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada ciudadano JAIME JOSE SAMPAYO GARIZADO, por haber resultado totalmente vencido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civi.....