Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos EGLEE VIOLETA ESCALANTE DE MEDINA, MARTIN JOSE MEDINA ESCALANTE y AMAIRA ISABEL MEDINA ESCALANTE, casada, soltero y soltera, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°s. V-3.231.219, V-12.630.668 y V-13.505.964, respectivamente, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RUBEN DARIO MEDINA CHACON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.531.937, fallecido el día 18 de marzo de 2016, según acta de defunción N° 584, de fecha 18 de marzo de 2016, quien en vida fuera esposo de la primera y pa.....