PARTE DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
PRIMERO: DECLARA LA INTERDICCÓN DEFINITIVA DEL CIUDADANO ANDER JOSÉ RUGELES CHÁCON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad nro. V.-19.358.718, soltero, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira y nombrar como Tutor a la ciudadana MARIA ARCENE CHACON VELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.648.434, con domicilio en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y jurídicamente hábil,
SEGUNDO: Se ordena la notificación a la parte solicitante.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 506 y último aparte del 507 del Código Civil, insértese la presente sentencia en los libros de Registro Civil del Municipio San Cristobal, co.....