Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano PABLO ANTONIO JIMENEZ HERRERA, quien manifestó: "Que ofrezco elevar la obligación de manutención que actualmente estoy otorgando apara mi hijo a la cantidad de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150°°) y cuotas para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°), los cuales seguiré depositando en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARIBEL MARITZA BLANCO DIAZ, quien manifestó" Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo". Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE CO.....