DECLARA: CON LUGAR EL OFRECIMIENTO de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por el ciudadano JESÚS ALBINO ALVARADO, contra la ciudadana EDILIANA DEL CARMEN MOLINA JAIMES, se fija la obligación alimentaria. Aperturar cuenta de ahorro en entidad bancaria autorizada, a fin de que sea depositada la Obligación Alimentaria los cinco primeros días de cada mes, una vez quede firme la presente sentencia y la obligación alimentaria sea ajustada en forma automática y proporcional de acuerdo a los incrementos de inflación determinada por los índices del Banco Central de Venezuela