se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS, ajustada al derecho, alegados por el demandante. En razón del gran cúmulo de trabajo de este Juzgado y de conformidad con lo establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se publicara la sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, a fin de poder verificar el derecho peticionado.