Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 04 de mayo de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual el adolescente (OMITIDO POR DISPOSICIÓN LEGAL); fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y simultáneamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 ejusdem; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y OCULTAMIENTO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 16 del Reglamento de la Ley Sobre Armas y Explosivos; de conformidad con lo indicado en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Pen.....