"...Ante los razonamientos aquí expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuso la ciudadana CARMEN YUDDY CACERES PARDO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.971.113 en contra de la ciudadana RUTH JACKELINE PARADA ASCANIO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.171.199, y en consecuencia, RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado promovido en el presente proceso. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, del día veintisiete (27) de octubre del año dos mil dieciséis (2.016). Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación. Publíquese la presente SENTENCIA y expídase copia certificada de la..."