Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Extinción de Obligación de Manutención, solicitada por el beneficiario de la obligación de manutención ciudadano Johel Alkader Rosales Moreno, titular de la cedula de identidad N° 24.153.542. Se deja sin efecto la retención acordada por auto dictado por este Tribunal en fecha 2 de febrero del 2007 y por decisión de fecha 14 de marzo del 2007, y se ordena librar oficio al Órgano empleador Jefe del Departamento de Finanzas del Ministerio de Educación Caracas Distrito Capital, a los fines de que cese la retención que se venia realizando según oficios Nro 38-2007, de fecha 2 de febrero del 2007 y N° 167-2007, de fecha 28 de marzo del 2007.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas d.....