Juzgado Superior, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE REGULACIÓN DE COMPETENCIA formulada por la Abogada Magaly Socorro Parra, apoderada del ciudadano JULIO CESAR COLMENARES PERNIA en fecha 25 de octubre de 2006. SEGUNDO: COMPETENTE al Juez Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que continúe conociendo de la causa.De conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, comuníquese mediante oficio al Tribunal donde se suscitó la regulación de competencia, remitiéndole copia certificada de la presente decisión.