este Juzgado de Primera instancia en Función de Control N° 3 de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: IMPONE MEDIDA CAUTELAR al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORMES A LOS ARTÍCULOS 65 PARÁGRAFO SEGUNDO DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y 545 EJUSDEM), la establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando obligado el ciudadano antes mencionado, a que se presente por ante este Juzgado y comparecer ante la Fiscalía del Ministerio Público cada vez que sea llamado o requerido, y comparecer por ante la Fiscalía Décimo Novena del Ministerio Público el día 12 de Diciembre de 2007 a las 9:30 de la mañana.