Conforme con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho, jurisprudenciales y doctrinarios expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Demanda por Desalojo, incoada por la ciudadana CRUZ RUIZ, en su condición de Arrendadora, representada en Juicio por su Apoderado Judicial abogado SOSIMO PERNIA MOGOLLON, en contra de la Demandada ciudadana MARIA TERESA OCHOA HERNANDEZ, abogada actuando por sus propios derechos, en su condición de Arrendataria, del inmueble objeto de la demanda. Todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana MARIA TERESA OCHOA HERNANDEZ, hacer entrega a la identificada Parte Demandante CRUZ RUIZ, o a su Apoderado Judicial SOSIMO .....