Se declaró la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano JOHN RICHARD SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula Nos: V.-9.462.845, contra la empresa MANAPLAS S.A., en la persona de su Presidente, ciudadano SALVADOR ALCALDE ABALO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V-6.019.095, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: