PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los cónyuges ciudadanos JOSE EFRAIN GALVIS VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V:- 15.028.458 y LISBETH ANDREINA RICO DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V:- 16.124.291.
En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08 de Noviembre de 2000, contrajimos matrimonio Civil por ante el Concejo Municipal de Cárdenas Estado Táchira, según se evidencia de copia certificada de Acta de Matrimonio Nº 59, Expedida por ante el Concejo Municipal de Cárdenas Estado Táchira.