El Tribunal declara legalmente Secuestrado con Apostamiento Policial el presente inmueble, dejando constancia que dentro del mismo se observa gran cantidad de mercancía relativa al ramo de auto periquitos y lubricantes en general así como el mobiliario respectivo. En este estado el Tribunal le hace entrega del inmueble a la Depositaria Judicial designada, quien deberá ejercer la supervisión periódica al mismo. Se deja expresa constancia que el funcionario policial designado por la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira es el Cabo Segundo Santiago Alexis Mora Cárdenas, placa 1546, por el lapso de cinco (5) días consecutivos contados a partir de hoy 28-02-2005 con la advertencia que durante el lapso fijado para la presente medida complementaria no podrá ingresar persona alguna al presente inmueble. Igual se deja expresa constancia que el inmueble objeto de la presente medida no se encuentra habitado por persona alguna, por tratarse de local comercial.