PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Carmen Yadira Gámez de Moncada, asistida de abogado, mediante diligencia de fecha 16 de diciembre de 2005.
SEGUNDO: Ordena la suspensión de las facultades que le fueron conferidas a la ciudadana Carmen Yadira Gámez de Moncada en los literales c y d de la autorización de fecha 23 de septiembre de 2003, en cuanto a la movilización de dinero propiedad de la sociedad conyugal que se encuentre depositado en los bancos, ya sea en cuentas corrientes, de ahorro, en depósitos a plazo fijo, o en certificados y títulos de cualquier índole, así como para ejercer actos de disposición respecto a maquinarias y equipos propiedad de la sociedad conyugal que no estuvieren sometidos a régimen de registro.
TERCERO: Deja sin efecto lo ordenado en el ordinal 3° de la decisión apelada, referente a oficiar a distintos bancos a fin de que informen al a quo a la brevedad posible, los montos d.....