PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, convertido en ordinario, intentada por MARIA OLGA VALERO DE DURAN y GLORIA LEONOR DURAN DE TAPIAS, a través de apoderados Judiciales contra los ciudadanos GUNDISALVO GARCIA NEGRON, ROSALBA ORTEGA DE GARCIA y JHON ALEXANDER GARCIA ORTEGA, todos suficientemente identificados en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA a los co demandados GUNDISALVO GARCIA NEGRON, ROSALBA ORTEGA DE GARCIA y JHON ALEXANDER GARCIA ORTEGA, a cancelar a las co demandantes MARIA OLGA VALERO DE DURAN y GLORIA LEONOR DURAN DE TAPIAS, las siguientes cantidades:
a) CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,oo) por concepto del capital adeudado y reflejado en el pagaré demandado.
b) La cantidad anterior debidamente indexada desde la fecha de admisión de la demanda ocurrida el 18/06/2010 hasta la fecha en que quede firme el presente fallo.
TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR la indexación. A tal efecto, SE ORDENA el cálculo del .....