Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 34.254, es por lo que ésta JUEZ UNIPERSONAL NRO. 2 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del adolescente: RONAL REINEL REY FIGUEROA, nacido el día 30 de Octubre de 1991, según Acta de Nacimiento Nro. 148, de fecha 13 de Marzo del año 1992, expedida por la Prefectura del Municipio Córdoba, Santa Ana, Estado Tàchira, en el sentido de que al momento de asentar el nacimiento en los libros respectivos de Registro Civil llevados por ante esa Prefectura, por error involuntario se transcribió lo siguiente: ¿¿que nació en esta población,¿¿. Cuando el texto correcto es ¿¿que nació en el Hospital Dr. ALFREDO J. GONZALEZ, de la Cruz Roja Venezolana de.....