En virtud de los cual, esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 03 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y conformidad con lo establecido en los artículos 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con 267 del Código Civil, concede AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana NUBIA ELIZABETH VILLAMIZAR CAMARGO, antes identificada, para tramite ante la Oficina de Identificación y Extranjería en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, la EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE de su hijo el adolescente(NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), venezolano, nacido en fecha 31 de enero de 1.991, de dieciséis (16) años de edad, identificado con cedula de identidad N° 21.220.597. Notifique a la Fiscal Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente y expídase copia certificada para.....