1. DECLARA INFUNDADA EN DERECHO, por inexistente, la solicitud de inhibición interpuesta por el abogado Carlos Muñoz, en contra del Juez José Antonio Pardo Sánchez.
2. SE EXHORTA al Juez José Antonio Pardo Sánchez, a propender mayor diligencia en la valoración jurídica de los escritos interpuestos por las partes, a los fines de evitar dilaciones procesales indebidas que afectan el orden procesal y el desgaste innecesario de las instituciones sustanciales y procesales, en pro de la eficacia y eficiencia en la administración de justicia, conforme al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio.