En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda incoada por los ciudadanos GISELA GRANADOS CACERES, MIGUEL SILVERIO BECERRA BECERRA, HUMBERTO JOSÉ RAMÍREZ SÁNCHEZ, LUIS HERACLIO CONTRERAS CORONEL, LUIS MIGUEL MAIORANA ROA y FREDY GERARDO GAMBOA SOLANO, en contra de la Sociedad Mercantil DESARROLLO URIBANTE CAPARO, C.A., (DESURCA), en la persona de su Consultor Jurídico Abogado Zaira Zulema Flores Colmenares, por Cobro de Diferencia de Salarial para el Cálculo de Beneficios derivados de sus Jubilaciones, en virtud de no haber agotado el procedimiento administrativo previo contemplado en el articulo 54 y siguientes del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en co.....