".....Seguidamente el ciudadano Juez Ejecutor procede a dar estricto cumplimiento a la Comisión conferida, en consecuencia Declara Formalmente Embargado Ejecutivamente el anterior Inmueble, señalado, descrito y avaluado, el cual es el mismo que se encuentra identificado en el despacho en comisión y Declara consumada la Desposesión jurídica del mismo del patrimonio de los demandados....."