declarar:
Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la MARÍA ROSALÍA GÓMEZ GUTIÉRREZ, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-3.620.772, a los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO GARI GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.981.964 y MARÍA ROSALINDA GARI GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.135.103, como Hijos de la prenombrada fallecida.