Primero: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada JUDITH TRINIDAD MARIÑO, en su carácter de defensora del hoy joven adulto, antes adolescente C.E.J.G (identidad omitida por disposición legal).
Segundo: Confirma la decisión dictada en fecha 26 de marzo de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual revisó la sanción privativa de libertad impuesta al referido adolescente, sancionado por la comisión del delito de tráfico en la modalidad de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, de conformidad con lo indicado en el artículo 647, literales "a" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y acordó mantener dicha sanción, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del parágrafo primero del artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Tercero: Ordena al a q.....