En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 04 de diciembre de 2013.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por partición de bienes de la comunidad conyugal, incoada por el ciudadano José Luis Núñez Cárdenas contra la ciudadana Liana Milena Arias Gallo. En consecuencia, se ordena la partición del cincuenta por ciento (50%) del saldo existente en la cuenta corriente clásica del Banco Occidental de Descuento signada con el N° 0116-0223-19-0012020354, para la fecha en que quedó firme la sentencia de divorcio de fecha 11 de noviembre de 2005.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión y el a quo le dé entrada.....