PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana MARIA ARACELY CARDONA DE DAVILA, asistida por la abogada TRINA MARIA CEGARRA SANCHEZ, contra el ciudadano DIEGO DAVILA VERA, ambas partes identificadas en la presente decisión, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha trece (13) de agosto de mil novecientos ochenta y dos (1982), según consta en el acta de matrimonio N° 364, inserta por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar. Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la part.....