Decisión
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer en primera instancia de la acción de nulidad conjuntamente con solicitud de medida innominada de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 131-2010, de fecha 19 de febrero de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, dictada en el expediente administrativo N° 056-2009-01-00665. Por tal motivo, DECLINA COMPETENCIA EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA que resulte distribuido al efecto.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro resp.....