III
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar en contra de la Providencia Administrativa Nº PA/US/T/004-2015, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure del Instituto Nacional del Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en fecha 10 de marzo de noviembre de 2015.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
El Juez
Abg. José Félix Escalona
Abg. Deivis Estarita
Secretaria
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Abg. Deivis Estarita
Secretaria
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