PRIMERO: LA REPOSICION DE LA CAUSA al estado en que la Juez a cargo del Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, abra nuevamente la audiencia preliminar de instalación, luego de lo cual, de no llegarse a un acuerdo entre las partes, se le permita a la demanda dar contestación a la demanda interpuesta en su contra y se remita el expediente a Juicio.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.