PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente procedimiento de oferta de pago mediante el pago de la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 43.198,81), cantidad que comprende la totalidad de lo adeudado a la trabajadora por los conceptos laborales originados durante la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte oferente paga en este mismo acto a través de cheque n° 44146604 cuenta corriente n° 0134 0340 61 3401014275 del Banco Banesco a nombre de la ciudadana Magaly María Liberón. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los beneficios laborales originados de la prestación del servicio a la oferente, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que les vinculó, quedando extinguida la deuda por concepto de prestaciones sociale.....