Por la motivación antes expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: Con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Berto Jesús Labrador Pernía, venezolano, con cédula n. ° V.- 2.812.322, en contra de la Consejo Municipal de Derechos del Niño, Nila y del Adolescente del Municipio Seboruco, Segundo: Se ordena al Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Seboruco, reenganchar de inmediato al agraviado, ya identificado, en las mismas condiciones que venían desempeñando para el momento del despido. Asimismo, al pago de los salarios dejados de percibir y demás beneficios laborales que se le adeuden hasta el cumplimiento del presente fallo, en los términos expuestos en las providencia administrativa n. º 578-2008, de fecha 27 de junio del 20.....