En este estado el tribunal impone al notificado y querellado del amparo a la posesión decretado a favor de la querellante sobre el inmueble descrito ampliamente con sus linderos y medidas en el libelo de la demanda; asimismo conforme a lo ordenado por el tribunal de la causa se ordena en este acto al notificado que cese las perturbaciones que ha venido ejecutando en el terreno antes descrito es todo". En este estado siendo las 10:35 a.m se hizo presente la abogada BLANCA CONTRERAS, titular de la cédula Nº V-9.210.105, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.477, quien en representación de la parte querellada solicitó a este tribunal el derecho a ser oído y concedido como le fue el derecho de palabra, expuso: "Hago del conocimiento de la ciudadana Juez que actúo en mi carácter de apoderada del ciudadano Gonzalo Rosas identificado en esta causa, junto a ocho (8) más vecinos de la comunidad, poder que consignaré en su oportunidad legal, igualmente noti.....