ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN en contra del imputado SERGIO ENRIQUE RIVERA RAMIREZ, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, en fecha 27 de Diciembre de 1971, de 33 años de edad, hijo de María Belén Ramírez (v) y de José Acevedo Rivera (v), titular de la cédula de identidad No. E.-82.209.849, de estado civil casado, de profesión comerciante, residenciado en Mata de Gallina, vía Rubio, casa No. 4 frente a la UBE, Rubio, Estado Táchira, en la comisión del delito de a quien se le imputa la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilí.....