por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE HONORARIOS PROFESIONALES, ha instaurado el ciudadano RUBEN DARIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 2.628.102, de este domicilio, abogado e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 15.112, contra la COMPAÑIA ANONINA INDUSTRIAS MINERALES DEL TACHIRA (CAIMTA), de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil del Estado Táchira, en fecha 07-03-1994, bajo el N° 10, tomo 10-A. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.