El Tribunal declaró: realizado el estudio detallado del presente expediente, observa este sentenciador que el funcionario inhibido, abogado Luis Alberto León Melendres, efectivamente dictó decisión en fecha 19 de febrero de 2015, en la causa que por desalojo interpusieran los ciudadanos David Leonardo Roa Pulido y Jesús David Sánchez Pérez contra la ciudadana Luz Marina Forero Márquez, tal y como consta a los autos. La sentencia en cuestión quedó revocada en fecha 05 de octubre de 2015, por este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, declarándose la nulidad de todo lo actuado, reponiendo la causa al estado de admitir nuevamente la demanda y al ser adminiculado con el dispositivo de lo que resolvió el Juez que se inhibe se aprecia que declaró la falta de cualidad de los demandantes, lo que hace que dicho funcionario esté imposibilitado de conocer sobre el mismo asunto por haber emitido opinión sobre el fondo del mismo, .....