DECIDE:PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR RETRACTO LEGAL, interpusieron los ciudadanos SALOMÓN EUSTOQUIO MORA MORENO y ROMAN MORA MORENO, asistidos por la abogado NANCY SOCORRO MENDEZ GUERRERO, en contra de los ciudadanos JOSE BONIFACIO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, SOCORRO GONZALEZ DE SÁNCHEZ, LUIS ANTONIO ROA MORENO y AUXILIADORA DEL SOCORRO ROA MORENO, ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.SEGUNDO: Habiendo quedado sin efecto alguno, el documento de compra venta protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre, del Estado Táchira, Queniquea, de fecha 09 de enero del 2002, bajo el No. 7, folios 30 al 33, del Protocolo Primero, Tomo I, Primer Trimestre del 2002, SE CONDENA A LOS CODEMANDADOS JOSE BONIFACIO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, SOCORRO GONZALEZ DE SÁNCHEZ, para que dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que quede definitivamente firme el presente fallo, procedan a otorgar por .....