D E C I S I O N
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Belkis Xiomara Peña Duarte, en su carácter de defensora del acusado Anderson Luís Bautista.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 10 de agosto de 2009, y publicada el día 26 de octubre de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nro. 5 del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual entre otros pronunciamientos, declaró culpable y responsable penalmente al referido acusado, por la comisión de los delitos de porte ilícito de arma de fuego, aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previstos y sancionados en los artículos 278 y 472 primer aparte ambos del Código Penal, en perjuicio del orden público;.....